INFOEMPREDSA #42 – ¿YA SABES DE TODAS LAS PRÓRROGAS DE LA VERSIÓN 4.0 DEL CFDI?


INFOEMPREDSA #42
LAS PRÓRROGAS DE LA VERSIÓN 4.0 DEL CFDI


Temas:
– Cambio a la Versión 4.0
– Primer Prórroga
– Segunda Prórroga
– Tercer Prórroga aplicable sólo a los CFDI de Nómina
– Comunicado del SAT (Texto selecto)






¿YA SABES DE TODAS LAS PRÓRROGAS DE LA VERSIÓN 4.0 DEL CFDI?

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ISRAEL RAMÍREZ

Cambio a la Versión 4.0

El pasado 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de algunos ordenamientos en materia tributaria, dentro del cual se reforman los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, los cuales hacen referencia a la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales y sus requisitos, dentro de los cuales destacan los siguientes:

1.   El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio.
2.  Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
3.  Se incorpora el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
4.  Se incorporan los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
5.  Se adiciona el elemento ACuentaTerceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros”.
6.  Se adiciona el campo “Objeto del impuesto”

Derivado de lo anterior, el día 27 de diciembre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 (RMF 2022), dentro de la cual se emiten las bases para el debido cumplimiento de las obligaciones en materia de CFDI. Posteriormente el día 13 de enero de 2022 se publica en el DOF el “Anexo 20”, dentro del cual se establecen los estándares tecnológicos bajo los cuales se debe emitir un CFDI para que este sea válido.

Con la implementación de la Versión 4.0 de CFDI y de la versión 2.0 para algunos de los complementos, se establecen modificaciones y adecuaciones para la emisión y cancelación de los comprobantes.

De acuerdo con el artículo décimo séptimo de la propia RMF 2022, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de abril de 2022.

Primer Prórroga

El día 18 de febrero de 2022, el SAT emite su segunda versión anticipada de la resolución de modificaciones a la RMF 2022, dentro de la cual, modifica el citado artículo décimo séptimo, en el cual, amplía el periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0, al 30 de junio de 2022.

Segunda Prórroga

Posteriormente el día 09 de junio de 2022, mediante la emisión de la versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la RMF 2022, el SAT modifica nuevamente el periodo de convivencia al que hace mención el artículo décimo séptimo del artículo primero resolutivo, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022.

Tercer Prórroga aplicable sólo a los CFDI de Nómina

Por último, el 01 de noviembre de 2022 mediante la emisión del comunicado 053/2022, el SAT da a conocer una nueva prórroga para la emisión de los CFDI de nómina para la versión 4.0., siendo esta hasta el 31 de marzo de 2023.

Comunicado del SAT (Texto selecto)

Derivado de la reforma fiscal para 2022 se incluyeron como datos obligatorios para el receptor del CFDI los siguientes campos: RFC, nombre, razón o denominación social, código postal del domicilio fiscal y el uso del CFDI.

En razón de lo anterior y con la finalidad de que los datos que se proporcionen para la emisión del CFDI y aquellos que se encuentran en las bases de datos del SAT sean coincidentes, aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a emitir comprobantes fiscales de tipo nómina, tendrán la opción de realizarlo en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023, a fin de que durante dicho periodo puedan contar con todos los requisitos previstos en las disposiciones fiscales para la emisión del CDFI en su versión 4.0.

Puedes consultar el texto oficial aquí: https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-informa-sobre-la-prorroga-para-la-emision-del-cfdi-de-nomina-en-su-version-4-0-053-2022?idiom=es

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