INFOEMPREDSA #46 – MODIFICACIÓN A LAS REGLAS ADMINISTRATIVAS DEL REPSE


INFOEMPREDSA #46 – MODIFICACIÓN A LAS REGLAS ADMINISTRATIVAS DEL REPSE

¿Conoces las nuevas reglas del Registro de Personas Físicas o Morales que Presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas (REPSE)? Aquí te presentamos un resumen.

Temas:
– DOCUMENTACIÓN PARA EL REGISTRO
– NUEVO CAPÍTULO DE FACULTADES DE VIGILANCIA
– NEGATIVA, CANCELACIÓN, RENOVACIÓN Y
– MODIFICACIÓN DEL AVISO DE REGISTRO
– SOLICITUD DE MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DEL
– REPSE
– APROBACIÓN FICTA



MODIFICACIÓN A LAS REGLAS ADMINISTRATIVAS DEL REPSE

¿Conoces las nuevas reglas del Registro de Personas Físicas o Morales que Presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas (REPSE)? Aquí te presentamos un resumen

El combate a la simulación laboral trajo como consecuencia la drástica prohibición de la subcontratación de trabajadores que, estando formalmente bajo la relación de trabajo con un patrón con quien suscribió el contrato que crea el vínculo patrón-trabajador, en realidad el esfuerzo material del subordinado lo prestaba a favor de un tercero con quien, como efecto deseado, el trabajador disponible no tenía relación jurídica alguna ya que se trataba de un servicio de empresa a empresa. Esta figura provocó una pérdida anual de 500 mil millones de pesos de contribuciones federales según lo estimó en 2019 la Comisión del Senado de la República, sin contar el costo del deterioro de prestaciones de los trabajadores cuya pérdida inició desde hace quince años o más, lo cual ha alejado al trabajador del trabajo digno (concepto adoptado en la doctrina mexicana) que como una meta deseada propone la Organización Internacional del Trabajo (OIT):

Trabajo Decente es … la libre elección y ejercicio del trabajo, y por lo tanto, elimina y prohíbe el trabajo forzoso, el trabajo esclavo y el trabajo infantil. En segundo lugar, es un trabajo con seguridad social, desde la propia iniciación del contrato laboral, con los aportes al sistema de previsión social, la prevención de riesgos laborales y la compensación ante cualquier accidente o enfermedad laboral.

La prohibición expresa de la subcontratación laboral establecida en el artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo, tiene una excepción que consiste en que cierto tipo de empresas sí pueden celebrar contratos de subcontratación de personal, siempre y cuando cuenten con su inscripción en el Registro de Personas Físicas o Morales que Presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas (REPSE). Para acceder a esta excepción es necesario aparecer en la lista de empresas que cumplieron la base de datos del REPSE. Las reglas que señalan esos requisitos se publicaron originalmente el día el 24 de mayo de 2021 y ahora, en 2023 se modificaron. 

El pasado 3 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a las reglas del REPSE de las cuales les presentamos un resumen y una guía para consultarlas y facilitar su comparación. Aquí le llamaremos el Acuerdo de Modificaciones:

Las reglas que señalan esos requisitos se publicaron originalmente el día el 24 de mayo de 2021; el pasado 3 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la primera modificación a las reglas del REPSE de las cuales les presentamos un resumen y una guía para consultarlas y facilitar su comparación. Aquí le llamaremos el Acuerdo de Modificaciones:

DOCUMENTACIÓN PARA EL REGISTRO

ARTÍCULO OCTAVO: se modifica el numeral 4, fracción c) y se adiciona el inciso h) mediante el cual se aclara que entre los documentos a anexar en la solicitud de registro se adjunte el Último comprobante de nómina en formato PDF en lugar del XML que se elimina; y además se agrega un comprobante a anexar en el trámite de inscripción: Último comprobante del Sistema Único de Determinación (SUA) emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (PDF).

NUEVO CAPÍTULO DE FACULTADES DE VIGILANCIA

Se adiciona un Capítulo III Bis, denominado De la Vigilancia en Materia del Registro incluyendo en este los nuevos artículos Décimo Tercero A a Décimo Tercero F, en el cual se delimitan estas facultades de comprobación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de la Unidad de Trabajo Digno y por conducto de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, para promover y vigilar el cumplimiento en materia de subcontratación para los centros de trabajo de los patrones inscritos en el REPSE.

Para esos efectos dichas autoridades podrán solicitar la información y documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo.

Entre otras, las materias objeto de revisión serán la documentación presentada para obtener el REPSE, los contratos de trabajo, la inspección de los centros de trabajo, las actividades materia del registro, el objeto social y la actividad preponderante de la beneficiaria, la identificación de los trabajadore de la contratista, así como las obligaciones de inscripción y pago de cuotas del IMSS.

Como resultado de la implementación de las acciones de vigilancia, el Inspector del Trabajo deberá dejar constancia de los resultados obtenidos, los hechos que las impidieran y cualquier circunstancia presentada en el desarrollo de la misma.

En caso de determinar incumplimientos de las empresas inscritas en el REPSE o de parte de sus clientes, se solicitará el inicio del procedimiento administrativo que corresponda, incluyendo el procedimiento administrativo de cancelación del REPSE a los patrones registrados.

NEGATIVA, CANCELACIÓN, RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL AVISO DE REGISTRO

El Capítulo IV del Decreto se modifica en la denominación ahora “De la Negativa, Cancelación, Renovación y Modificación del Aviso de Registro” y al respecto se adicionan dos causales de negativa de registro: 

  • Por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación; y
  • Por advertirse trabajadores que no se encuentran inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social, irregularidades relacionadas con el salario de los trabajadores y/o irregularidades relacionadas con el contrato de prestación del servicio especializado.

Así mismo se agregan varias causales de cancelación del registro REPSE:

  • Se detecte que los datos o documentos aportados durante el desahogo de las visitas resulten diferentes o imprecisos con respecto a los ingresados en la plataforma;
  • Proporcionar información falsa o documentos apócrifos durante las visitas que sean realizadas, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar;
  • Por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación;
  • Por advertirse trabajadores que no se encuentran inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social, irregularidades relacionadas con el salario de los trabajadores y/o irregularidades relacionadas con el contrato de prestación del servicio especializado.

En el caso de cancelación los afectados podrán manifestar su oposición dentro de los cinco días hábiles siguientes al en que la autoridad del trabajo les haya notificado y la unidad competente resolverá lo conducente.

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DEL REPSE

Se podrá solicitar por la empresa interesada justificando su solicitud. Se pueden modificar o actualizar las actividades registradas por la contratista registrada siempre y cuando las modificaciones o actualizaciones formen parte del objeto social en caso de personas morales o de la constancia de situación fiscal en caso de personas físicas.

APROBACIÓN FICTA

Si la autoridad no resuelve en veinte días a partir de que se ingresó la solicitud de registro y se otorgó el folio de ingreso de no recibir respuesta, podrá considerarse aprobada en la forma prevista en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

Si tienes dudas o comentarios será un placer recibirlos; puedes enviarlos a dsapedia@gmail.com o a nuestro WhatsApp y con gusto los atenderemos. INFOEMPREDSA

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