INFOEMPREDSA – JULIO 2020 NÚMERO 24, VOL. 2 – ÉPOCA IV

INFOEMPREDSA #24

TEMA:
IMPORTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES
– Normatividad ambiental en México.
– Importancia de su cumplimiento.
– ¿Cómo se beneficia la empresa?
– Una obligación de todos.
– Presupuesto federal para el ramo ambiental.


IMPORTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES

(Texto en letra negra es transcripción literal)

Nileyda Guadalupe Tolentino H.
Jorge Santamaría G.


Normatividad ambiental en México

A lo largo de la historia el ser humano se ha beneficiado de los recursos naturales para impulsar su desarrollo económico y social de una forma desequilibrada, pues siempre se ha dado más importancia a otros factores de ese desarrollo que al cuidado del medio ambiente. 

No fue hasta la década de los setenta cuando se comenzó a hablar de un derecho al medio ambiente sano a nivel mundial, estableciéndolo posteriormente como un derecho humano, mismo que vemos contenido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4°. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, constituyó un momento importante en el objetivo de lograr un equilibrio justo entre las necesidades económicas, sociales y ambientales.

A raíz de las conferencias y tratados internacionales de los que forma parte, México se ha ido transformando para asegurar un desarrollo sostenible, es decir abordar problemáticas y acciones concretas para atender el desarrollo social y económico y la protección del medio ambiente de una forma equitativa en la que se les de la misma importancia a los tres aspectos.

Para el año de 1971 México ya comenzaba a expedir leyes de carácter ambiental; hacia la década de los ochenta surge la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), y en los noventa se crea la Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), lo que hoy conocemos como SEMARNAT.


Importancia de su cumplimiento

Es importante mencionar que, en cualquier país, las normas de cualquier tipo son de carácter obligatorio. Las empresas, sea cual sea su giro, saben que deben cumplir la LGEEPA, así como los reglamentos y disposiciones que de ella emanen ya que de lo contrario se exponen a las sanciones establecidas en su artículo 171°, que son las siguientes:

  1. Multa por el equivalente de treinta a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la CDMX al momento de imponer la sanción.
  2. Clausura temporal o definitiva, total o parcial, cuando:
    1. El infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas.
    1. En casos de reincidencia cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente.
    1. Se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones, al cumplimiento de alguna o algunas medidas correctivas o de urgente aplicación impuestas por la autoridad.
  3. Arresto administrativo hasta por 36 horas.
  4. El decomiso de los instrumentos, ejemplares, productos o subproductos directamente relacionados con infracciones relativas a recursos forestales, especies de flora y fauna silvestre o recursos genéticos, conforme a lo previsto en la presente Ley.
  5. La suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

Sabiendo a lo que se exponen las empresas debe verse reflejado un compromiso en la forma en que desarrollan sus actividades, pues es importante que éstas vayan de acuerdo con las normas mencionadas para la protección del medio ambiente.

No sólo se deben cumplir las normas por el mero hecho de evitar multas, obtener beneficios económicos a la larga o no tener una mala imagen pública, sino tener las ganas de contribuir a que las políticas ambientales, así como el cumplimiento de las normas encaminadas a su protección y la compensación de los daños causados, ayuden a un mejor futuro en nuestro país.

Las normas que protegen al medio ambiente, al ser parte del ordenamiento jurídico, le otorgan las facultades a la autoridad de hacerlas cumplir coercitivamente y que la sociedad las cumpla, lo que hace que estas normas sean eficaces y que cumplan su función. Por lo cual, el cumplimiento por parte de las empresas es un factor muy importante para lograr que realmente exista eficacia en las normas de carácter ambiental.


¿Cómo se beneficia la empresa?

Además del claro beneficio de no recibir sanciones por incumplir la legislación ambiental, ser una empresa ambientalmente responsable (considerar las normas protectoras del medio ambiente y cumplirlas, así como los impactos ecológicos que pueden tener la producción de sus bienes o servicios), conlleva otros beneficios en diferentes ámbitos, podemos mencionar algunos como:

  • Contar con una buena imagen pública, ya que para beneficio del planeta, cuidar del medio ambiente se ha hecho muy popular en los últimos años. Algunos estudiosos opinan que poco a poco en el mundo los clientes optarán por contratar empresas que cumplan con el cuidado de la naturaleza.
  • Hay mayor competitividad de los productos o servicios que ofrece la empresa, pues el hecho de contar con procesos respetuosos del medio ambiente, los hace más atractivos al público.
  • Mejora económica de la empresa, pues ligado a los dos anteriores, se comienzan a tener más clientes, lo que provoca mayores ventas o contrataciones.
  • Tener mejor reputación frente a inversores, bancos y el cumplimiento de licitaciones concursos públicos puede ser un camino de crecimiento en la medida que las política públicas del gobierno coordinen los requisitos financieros con los de concursos de obra pública.


Una obligación de todos

Aunque en este artículo se menciona principalmente la obligación de las empresas de cumplir con la normatividad ambiental, es importante no olvidar que es un deber de toda la sociedad fomentar el cuidado de la naturaleza y cumplir en mayor o menor medida con lo que esté a nuestro alcance.


Presupuesto federal para el ramo ambiental

No obstante, las políticas públicas de conservación, protección, vigilancia y sanción de las obligaciones en materia ambiental se apoyan directamente por los ingresos tributarios ante la ausencia de impuestos ambientales como en otros lugares del mundo.

La cantidad de instituciones y comisiones destinadas a la protección y estudio de la cosa ambiental federal se puede adivinar en las necesidades y diversidad en los rubros a los que están destinados los casi 30 mil millones de pesos para 2020. El Pesupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2020 dota a la SEMARNAT los siguientes rubros:

Cuadro 1

Distribución porcentual del presupuesto anual para 2020 por unidad administrativa de la SEMARNAT

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente
del Sector Hidrocarburos
$   324,701,242
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas869,536,230
Comisión Nacional del Agua22,985,300,858
Comisión Nacional Forestal2,586,244,132
Delegaciones Federales de la Semarnat529,949,104
Instituto Mexicano de Tecnología del Agua204,976,453
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático178,021,115
Oficina del C. Secretario y otras áreas229,066,941
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente793,069,656
Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental48,932,238
Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental301,712,743
Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental91,964,098
Unidad de Administración y Finanzas725,975,967
Presupuesto total$ 29,869,450,777

Fuente: Datos publicados por SEMANAT: Presupuesto asignado a la SEMARNAT clasificado por unidad administrativa. Disponible en: http://dgeiawf.semarnat.gob.mx:8080/ibi_apps/WFServlet?IBIF_ex=D4_GASTOS01_03&IBIC_user=dgeia_mce&IBIC_pass=dgeia_mce&NOMBREANIO=* Consultado el 25 de julio de 2020


El prespuesto anual para las secretarías destinadas a la administración de la cosa ambiental, no ha variado de acuerdo con el interés mundial sobre el reconocimiento de la necesidad de crear políticas de conservación del planeta. En nuestro país, en valores absolutos, en 2015 llegó a disponerse de la mayor cantidad de recursos fiscales para este ramo, como se puede apreciar en las siguiente tabla y gráfico:

Cuadro 2

Prespuesto para las secretarías ambientales en los últimos veinte años (2001 a 2019)

(Miles de millones de pesos)

AÑO2001200220032004200520062007200820092010
Monto14.414.917.416.024.521.329.039.045.146.2
AÑO201120122013201420152016201720182019
Monto51.254.756,466,268.055.836.037.631.0

Fuente: Elaboración propia con datos publicados por SEMANAT en la siguiente liga: http://dgeiawf.semarnat.gob.mx:8080/ibi_apps/WFServlet?IBIF_ex=D4_GASTOS01_03&IBIC_user=dgeia_mce&IBIC_pass=dgeia_mce&NOMBREANIO=* Consultado el 25 de julio de 2020


De la observación porcentual del destino de los recursos fiscales destinados a las diversas áreas de administración de la política ambiental, que se realiza a través de la SEMARNAT, es posible una evaluación primaria de las prioridades del gobierno federal en 2020. Del cuadro siguiente que revela la proporción porcentual a cada unidad administrativa de esa secretaría de estado, es claro que hay una sensible preocupación por la gestión del agua en sus diversos aspectos, desde la conservación de las fuentes de origen, la defensa de los mantos y la no contaminación que incluye el buen uso del agua, vital líquido que tendrá más importancia cada vez en el mundo.

Algunos estudiosos previenen que en este siglo los países poderosos del mundo serán aquellos que conserven y controlen el agua del planeta. México puede tener una gran oportunidad en ese concierto o quedar relegado a pesar de sus innegables riquezas acuíferas. Debemos aprender a cuidar el agua, como de nuestra vida misma, como lo es. Esta idea debe quedar como teoría y práctica determinada y clara en los currículos de enseñanza, desde los primeros niveles de aprendizaje. Por todo esto no extraña que la Comisión Nacional del Agua disponga del casi el 80% de los recursos presupuestales destinados a la SEMARNAT.

Estrechamente ligado con el tema del agua, el ámbito forestal ocupa un segundo lugar en importancia presupuestal con el 8.75%, que está muy lejos del presupuesto para CONAGUA, pero a la vez revela un amplio margen entre esa participación y el resto de las unidades administrativas de la SEMARNAT. Esta unidad estará sin duda ligada a los programas sociales como Sembrando Vida administrado por la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal.

Cuadro 3

Distribución porcentual del presupuesto anual para 2020 por unidad administrativa de la SEMARNAT  y las principales funciones que realiza cada una.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es la dependencia de gobierno que tiene como propósito fundamental, constituir una política de Estado de protección ambiental, que revierta las tendencias del deterioro ecológico y siente las bases para un desarrollo sustentable en el país.
Comisión Nacional del Agua
Administración y preservación de las aguas del país con el fin de garantizar el uso sustentable del recurso. Conagua tiene tres grandes áreas operativas: gestión de agua, organismos de cuenca y asistencia técnica. Sus objetivos incluyen promover una gestión integrada y sustentable del agua en cuencas y acuíferos; mejorar el desarrollo técnico, administrativo y financiero del sector hidráulico; consolidar la participación de los usuarios y la sociedad organizada en el manejo del agua y promover la cultura de su buen uso; prevenir los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos y atender sus efectos.
77.80%
Comisión Nacional Forestal
Desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
8.75%
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
Conservar el patrimonio natural de México y los procesos ecológicos de 182 Áreas Naturales Protegidas (ANP), conjuntando las metas de conservación con las del bienestar de los pobladores y usuarios de las mismas.
2.94%
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
Elevar el nivel de cumplimiento de la normatividad ambiental con el fin de contribuir al desarrollo sustentable; salvaguardar los intereses de la población y brindarle asesoría en asuntos de protección y defensa del ambiente y los recursos naturales.
2.68%
Delegaciones Federales de la SEMARNAT
Coordinan en el ámbito territorial de la entidad federativa o región correspondiente, la ejecución de las acciones y de los programas de la Secretaría, entre otras responsabilidades.
1.79%
Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental
Mejorar la gestión ambiental a través de la modernización y actualización del marco legal en materia de protección, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la prevención y reversión de la contaminación ambienta
1.02%
Oficina del C. Secretario y otras áreas0.78%
Instituto Mexicano de Tecnología del Agua
Enfrentar los retos nacionales y regionales asociados con el manejo del agua y a perfilar nuevos enfoques en materia de investigación y desarrollo tecnológicos para proteger el recurso y asignarlo de manera eficiente y equitativa entre los distintos usuarios
0.69%
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
Generar e integrar conocimiento técnico y científico e incrementar el capital humano calificado para la formulación, conducción y evaluación de políticas públicas que conlleven a la protección del medio ambiente, preservación y restauración ecológica, crecimiento verde, así como la mitigación y adaptación al cambio climático en el país.
0.60%
10º Unidad de Administración y Finanzas2.46%
11º Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental
Impulsar la apropiación social del conjunto de lineamientos, criterios, políticas y usos del suelo que emanan del ordenamiento ecológico a través de coordinar, concertar acciones y promover la participación social que permita un uso adecuado del territorio y siente las bases para un desarrollo sustentable.
0.31%
12º Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental
Promueve el mejor desempeño ambiental de todos los sectores productivos y de los servicios, así como de cada uno de nosotros, para que todas y todos participemos en el crecimiento verde de México
0.17%

Fuente: Elaboración propia con datos publicados por SEMANAT en la siguiente liga: http://dgeiawf.semarnat.gob.mx:8080/ibi_apps/WFServlet?IBIF_ex=D4_GASTOS01_03&IBIC_user=dgeia_mce&IBIC_pass=dgeia_mce&NOMBREANIO=* Consultado el 25 de julio de 2020


El presupuesto destinado a la protección del medio ambiente tiene dos aristas. Una en la cual la evolución de la huella del hombre en el mundo, que solo se puede enfrentar con convenciones internacionales que efectivamente obliguen a los países al cumplimiento de políticas internas que garanticen de reducción drástica y residuos contaminantes en el aire, tierra, ríos y mares.

Las políticas interiores que cuida la SEMARNAT también requieren la fundamentación en reglas que modifiquen los hábitos nocivos para el medio ambiente, sean generados por las empresas o por las personas individuales o comunidades urbanas o rurales, todo ello que ahora se financia con diversos ramos de contribuciones fiscales.

Una segunda arista hasta ahora no atendida es la creación de verdaderos impuestos ambientales que estén fundamentados en estudios económicos que midan los efectos en el medio ambiente de las prácticas empresariales que reflejan su proceder en externalidades nocivas medidas en tablas contaminantes convertibles en contribuciones a cargo de quienes contaminen.

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