{"id":307,"date":"2019-04-06T14:45:18","date_gmt":"2019-04-06T20:45:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/?p=307"},"modified":"2019-07-29T18:03:38","modified_gmt":"2019-07-29T23:03:38","slug":"infoempredsa-abril-2019-numero-6-vol-1-epoca-iv","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/infoempredsa-abril-2019-numero-6-vol-1-epoca-iv\/","title":{"rendered":"INFOEMPREDSA \u2013 Abril 2019 N\u00famero 6, Vol. 1 \u2013 \u00c9poca IV"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/InfoEmpreDSA-006-portada.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-516\" width=\"366\" height=\"473\" srcset=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/InfoEmpreDSA-006-portada.png 732w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/InfoEmpreDSA-006-portada-232x300.png 232w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/InfoEmpreDSA-006-portada-174x225.png 174w\" sizes=\"(max-width: 366px) 100vw, 366px\" \/><figcaption><a href=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/download\/305\/\">DESCARGA EN PDF EL BOLET\u00cdN #6<\/a><br><br><br><br><\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p><strong>INFOEMPREDSA #6<\/strong><br> <br>TEMA1<br><strong>INGRESOS POR OBRA MUEBLE<\/strong><br> Problemas escondidos en su tipificaci\u00f3n.<br> Contrato de servicios de obra mueble(COSOM).<br> Visi\u00f3n jur\u00eddica y fiscal del COSOM.<br> <br><strong>NoticiaDSAs <br>SERVICIO DE ADMINISTRACI\u00d3N TRIBUTARIA<\/strong><br> <br>TEMA 1<br>Se ampl\u00eda plazo al 30 de junio de 2019 y se otorgan facilidades para obtener los beneficios del est\u00edmulo fiscal a la regi\u00f3n fronteriza norte.<br> <br>TEMA 2<br>Versi\u00f3n anticipada de la NOVENA RESOLUCI\u00d3N DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCI\u00d3N MISCEL\u00c1NEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">TEMA 1<\/h4>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">INGRESOS POR OBRA MUEBLE <\/h1>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\"><em>Problemas\nescondidos en su tipificaci\u00f3n<\/em><\/h4>\n\n\n\n<p>Las empresas\nprestadoras de servicios asumen el riesgo de desarrollar los servicios que les\ncontratan sus clientes sin estar plenamente seguras de que al final sus\nservicios ser\u00e1n aprobados y por lo tanto devengada su contraprestaci\u00f3n. Es\nposible que durante la prestaci\u00f3n de servicios, la empresa que los desarrolla\nincurra en erogaciones de mano de obra, algunos materiales y otros gastos para\nla prestaci\u00f3n de servicios. Aunque en principio no hay mucha distancias de\ncaracterizaci\u00f3n contractual b\u00e1sica del servicio de obra mueble respecto del\nservicio de obra inmueble, el segundo resulta normalmente m\u00e1s evidente, porque\nhay una parte material evidente que consiste en la edificaci\u00f3n sobre un terreno\no sobre una construcci\u00f3n previamente existente. Aunque este servicio tiene una\nparte inmaterial como un dise\u00f1o arquitect\u00f3nico o una idea de distribuci\u00f3n\nornamental, como ejemplos, lo relevante son los materiales de construcci\u00f3n y\nacabados, siempre unidos a otro inmueble, el suelo o construcciones sobre \u00e9l.&nbsp; En cambio el servicio de obra mueble, puede o\nno ser corp\u00f3reo, pero nunca ser\u00e1 inmueble.<\/p>\n\n\n\n<p>Los servicios de obra\nmueble son el resultado de un contrato de servicios de obra aunque a veces en\nla cotidianidad de los usos empresariales se le suele confundir con una\ncompraventa. En honor a la verdad, a veces proveedor y cliente se comportan\ncomo vendedor y comprador, cuando en realidad se trata de un servicio de obra.<\/p>\n\n\n\n<p>El servicio es una\nactividad b\u00e1sicamente intelectual, muy personal y la aceptaci\u00f3n este depende de\nque el servicio sea plenamente prestado a satisfacci\u00f3n del cliente. En la\ncompraventa m\u00e1s llana, el vendedor ofrece la mercanc\u00eda respecto de la cual hay\ninter\u00e9s del cliente en adquirirla porque la conoce, la identifica por sus\ncaracter\u00edsticas y lo \u00fanico que tiene que hacer es \u201csubirla al carrito\u201d para\nque, cumplido el pago del precio, el cliente sea el propietario de lo vendido. En\ncambio cuando se trata de un servicio, por ejemplo, el de desarrollar una\nplataforma de difusi\u00f3n en redes sociales, el cliente quiere una red exclusiva para\n\u00e9l; tal desarrollo no est\u00e1 acumulado en un almac\u00e9n, o aparece en un cat\u00e1logo en\nl\u00ednea por internet y se descarga en \u201cel carrito\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Un cliente tiene\nnecesidades que debe cubrir, el proveedor realiza una actividad intelectual para\nprestar el servicio. Hay una estrecha dependencia ente la idea de las\nnecesidades que tiene el cliente y el servicio le entregue el proveedor en un\nespacio material, que puede ser un servidor f\u00edsico instalado en las oficinas\ndel cliente o en un servidor o espacio virtual en la <em>web<\/em>. <\/p>\n\n\n\n<p>No se trata de una\ncompraventa de un servidor ni f\u00edsico ni virtual, sino un complejo de servicios\norganizados bajo una pragm\u00e1tica log\u00edstica que permita que la imagen y los\nproductos del cliente se conozcan r\u00e1pidamente a trav\u00e9s las redes sociales\nofrecidas por el proveedor, con la potencia acordada en el contrato de obra.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuesta trabajo\nexpedir un CFDI por la instalaci\u00f3n de un complejo promocional en redes sociales\ncuando dentro del precio, se sabe que est\u00e1 un servidor f\u00edsico que s\u00ed se entrega\nal cliente o un servidor virtual que se \u201centrega\u201d en un sitio de la web, con\nlas claves de acceso para el cliente.<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, de lo que\nse trata es que aqu\u00ed le demos al empresario una visi\u00f3n interdisciplinaria de lo\nque es un contrato de obra mueble, expuesta con sencillez y objetividad para\nfacilitarle en camino de las decisiones de negocio y buscar o sugerir el\ncontrol contable y fiscal. Con ello esperamos allanar en buena medida los\nproblemas escondidos en la clasificaci\u00f3n del contrato de obra mueble.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Contrato de servicios de obra mueble\n(COSOM)<\/h4>\n\n\n\n<p>Queremos partir de\nuna caracterizaci\u00f3n de lo que es un contrato de obra mueble, para que despu\u00e9s\npresentemos un esquema de las relaciones jur\u00eddicas, contables y econ\u00f3micas que\nes indispensable tener en cuenta continuamente:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Un\nservicio de obra mueble se trata de que el prestador del servicio produzca un\ndeterminado mueble; precisamente el mueble que espera el cliente (prestatario\ndel servicio).<\/li><li>Es una\nactividad intelectual que en el caso del COSOM se basa en un presupuesto, un\nproyecto, un dise\u00f1o, un plano, dos o m\u00e1s de estos elementos, u otros que\nacuerden las partes. El cliente no solo espera que lo producido por el\nproveedor est\u00e9 en el precio acordado, sino que cumpla cada especificaci\u00f3n\nt\u00e9cnica o art\u00edstica, si fuere el caso, para considerarse satisfecho del\nservicio.<\/li><li>Al\nproveedor del servicio se le llama Contratista y al cliente que recibe el\nservicio se le llama Contratante. M\u00e1s gen\u00e9ricamente se les puede llamar\nprestador y prestatario, respectivamente, o bien, proveedor y cliente. No\nrecomendamos esta \u00faltima nomenclatura porque el COSOM puede confundirse con\notro contrato, por ejemplo, el de compraventa, como ya lo advertimos.<\/li><li>El\nContratista tiene la obligaci\u00f3n de asumir el riesgo de la obra, es decir, por las\np\u00e9rdidas por falta de planeaci\u00f3n o errores, la eficiencia de la mano de obra,\netc. Ello no obsta para que el contratista contrate seguros para cubrir estos\nriesgos si ello fuera posible.<\/li><li>A veces\nse puede pactar que parte de los materiales que deban utilizarse en la obra,\nlos ponga el contratante. A\u00fan en este caso, la revisi\u00f3n de la calidad y la\nidoneidad del material debe ser a cargo del Contratista.<\/li><li>Cuando el\nCOSOM es a precio alzado, quiere decir que el precio es \u00fanico y no puede\nvariar, salvo que contractualmente hubiere un mecanismo que lo permita.&nbsp; Pueden sin embargo pactarse pagos a cuenta\ndel precio total, o cualquier otra modalidad de pago.<\/li><li>Obviamente,\nmientras el Contratista comienza y avanza con el cumplimiento del COSOM,\nincurre en costos que debe sufragar y que, en su momento, deber\u00e1 recuperar a\ncobrar el precio. Debe distinguirse que el registro en contabilidad debe\nmostrar los costos que se incurren por cada COSOM,&nbsp; a lo cual se puede denominar \u201cObras en\nProceso\u201d, \u201cInventario de servicios en proceso\u201d, o cosa similar. Es un registro\nque acumula las erogaciones efectuadas y que a\u00fan el cliente no tiene obligaci\u00f3n\nde pagar. Otro aspecto importante es que este registro es a costo de\nadquisici\u00f3n hist\u00f3rico y no debe incluir la ganancia presupuestada, pues a\u00fan no\nse realiza.<\/li><li>Pueden\ncontratista y contratante pactar que este \u00faltimo proporcione anticipos en las\ncondiciones de tiempo y otras que se pacten. Estos anticipos no deben considerarse\ningresos en el Estado de Resultados Integral, pues mientras el servicio no\nconcluye y es aceptado por el cliente, el anticipo deber\u00e1 considerarse deuda.<\/li><li>Cuando el COSOM no se contrata a precio alzado sino por precios unitarios, el control var\u00eda sensiblemente. Generalmente los pagos son por la valoraci\u00f3n del avance de la obra o servicio, seg\u00fan las etapas planeadas. En este sentido, al aprobar el cliente una etapa surge una cuenta por cobrar a su cargo, y cualquier anticipo que hubiere concedido al Contratista se debe amortizar en la parte correspondiente con el importe del avance aprobado, el cual por costumbre comercial se la llamada \u201cestimaci\u00f3n\u201d y en efecto lo es, porque se trata de saber, en forma estimada, cu\u00e1l parte del servicio ha avanzado seg\u00fan el programa, el presupuesto o el calendario de actividades y entregables.<\/li><li>Cada una de estas variantes genera, en la materia fiscal, diversos efectos que a veces son complejos. Por esta raz\u00f3n comenzamos por un esquema jur\u00eddico financiero, y en segundo lugar otro de car\u00e1cter fiscal aludiendo al impuesto sobre la renta de las empresas.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Visi\u00f3n jur\u00eddica y fiscal del COSOM<\/h2>\n\n\n\n<p>En el siguiente esquema se muestra c\u00f3mo el COSOM tiene caracter\u00edsticas peculiares que se distinguen de un contrato de compraventa y cuenta con una posible estructura jur\u00eddico\u2013financiera que ofrece una gran flexibilidad a las partes del contrato al momento de negociar. En especial, el empresario prestador del servicio genera derechos y obligaciones de manera especializada con su cliente, dentro de modalidades de establecimiento del precio y c\u00f3mo se devenga, entre otras cosas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01-1024x1024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-309\" srcset=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01-1024x1024.png 1024w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01-150x150.png 150w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01-300x300.png 300w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01-768x768.png 768w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-01.png 1299w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption> Fuente: Elaboraci\u00f3n propia con base en la interpretaci\u00f3n de los art\u00edculos 2617, 2618, 2619, 2620 y 2621 del C\u00f3digo Civil Federal vigente en 2019 .<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Los efectos fiscales para el Contratista hacen del COSOM una oportunidad para lograr una diversidad de efectos de reducci\u00f3n del impacto impositivo siempre que desde la concepci\u00f3n legal del contrato, se eval\u00fae la incidencia y tiempos de soportar la carga tributaria al ingreso. Ello hace que, en cumplimiento de sus objetivos empresariales, haya una buena planeaci\u00f3n fiscal que beneficie el negocio, sin menoscabo de servicio al cliente pero procurando que la carga tributaria al ingreso se genere a la par que la disponibilidad de recursos para afrontarla. Este esquema puede dar al empresario los primeros elementos para observar cu\u00e1les son esas oportunidades legales y fiscales.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-1024x1024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-523\" srcset=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-1024x1024.png 1024w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-150x150.png 150w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-300x300.png 300w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-768x768.png 768w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02-225x225.png 225w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-02.png 1299w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption><em>Fuente: Elaboraci\u00f3n propia con base en la interpretaci\u00f3n del art\u00edculo 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2019 <\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Para el Contratista lo primordial es que cumpliendo las obligaciones del COSOM d\u00e9 paso a la representaci\u00f3n adecuada de los costos y gastos necesarios para generar el ingreso. Este esquema presenta las ideas b\u00e1sicas en \u00e1mbito fiscal \u00edntimamente relacionado con lo contable.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-1024x1024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-524\" srcset=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-1024x1024.png 1024w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-150x150.png 150w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-300x300.png 300w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-768x768.png 768w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03-225x225.png 225w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Grafica-03.png 1299w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption><em>Fuente: Elaboraci\u00f3n propia con base en la interpretaci\u00f3n de los art\u00edculo 30 y 39 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2019.<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Conclusiones<\/h1>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-1024x1024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-525\" width=\"256\" height=\"256\" srcset=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-1024x1024.png 1024w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-150x150.png 150w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-300x300.png 300w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-768x768.png 768w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot-225x225.png 225w, https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Ilustraciones-Boletin-No6_Robot.png 1299w\" sizes=\"(max-width: 256px) 100vw, 256px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>El Contrato de\nServicios de Obra Mueble (que aqu\u00ed hemos designado con el acr\u00f3nimo COSOM)\ncotidianamente tiene escondidas ciertas dificultades en su tipificaci\u00f3n, en\nespecial, para que el empresario identifique su naturaleza econ\u00f3mica, jur\u00eddica,\nfiscal y contable. Al margen de la definici\u00f3n legal b\u00e1sica y las\ncaracter\u00edsticas que hemos abordado brevemente, concluyamos con algunos pasos\npara resolver esas dificultades de tipificaci\u00f3n, expresando a continuaci\u00f3n lo\nque el COSOM no es, en el entendido que no se agotan ni mucho menos, sino se\ntrata de despertar la necesidad de adentrarnos en lo que s\u00ed es el COSOM. As\u00ed\nque vale la pena comentar que tal figura legal de prestaci\u00f3n de servicios no\nes:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Un\ncontrato de compraventa, aunque el Contratista este obligado a entregar una\ncosa f\u00edsica o virtual, tal cosa (los servicios y bienes implicados) es realizada\ncon plano, programas y presupuestos, no se elige de un cat\u00e1logo o en un\naparador, f\u00edsico o digital.<\/li><li>Un\ncontrato de prestaci\u00f3n de servicios profesionales, porque el Contratista act\u00faa\ncomo empresario y por ello asume los riesgos de la obra. En un contrato de\nprestaci\u00f3n de servicios profesionales, el prestador asume responsabilidad\nprofesional, pero no el riesgo empresarial atinente a la especulaci\u00f3n\ncomercial.<\/li><li>Un\ncontrato en donde solo se fije el precio y la cosa, aunque estos dos elementos\npueden aparecer como parte de las obligaciones y derechos en la prestaci\u00f3n del\nservicio. Lo t\u00edpico en el COSOM es que la contraprestaci\u00f3n puede ser negociada\na precio fijo o precio alzado.&nbsp; En el\nprimer caso el precio no puede ser ajustado o modificado con base en el\ncontrato ordinario. En el segundo caso, el precio puede ser determinado por\nprecios unitarios, caso en el cual, se puede pactar que los costos de algunos\nde los elementos var\u00eden si aumentan o disminuyen en el mercado; lo que es fijo\nes el procedimiento de ajuste, que debe ser claro para ambas partes.<\/li><li>Un acto\ninstant\u00e1neo, sino que por sus caracter\u00edstica se hace necesario esperar que\nmientras el cliente no apruebe el servicio o las estimaciones que del avance\nhaga el Contratista, el servicio no se considera prestado. Ello mismo juega\npara los costos de la obra que no se consideran incurridos en los resultados en\ncuanto se eroguen, sino que constituyen una suma que sustenta dicho avance y se\npresenta en un activo del balance del Contratista. Es una especie de inventario pendiente de aplicar, de tal forma que al\ngenerar un ingreso un avance de obra autorizado por el Cliente, se vierten como\ncosto de ventas, es decir, se relacionan directamente con el ingreso correspondiente\ny deja de ser activo pendiente de aplicar.<\/li><li>Una\nactividad donde los resultados fiscales se conozcan de inmediato. La\nacumulaci\u00f3n del ingreso y la aplicaci\u00f3n de los costos, surge tomando en cuenta\nla naturaleza de este tipo de contrato, relacionando la obligaci\u00f3n de acumular\ningresos en la base del impuesto sobre la renta corporativo con la emisi\u00f3n y\naprobaci\u00f3n de las estimaciones del avance de obra o bien, con la percepci\u00f3n\nefectiva del ingreso v\u00eda anticipos al Contratante siguiendo el procedimiento de\namortizar los anticipos de contrato y sobre las propias estimaciones no\naprobadas, en la medida que se devenga la contraprestaci\u00f3n acumulable.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Como se ve en este atisbo del COSOM, se trata de un contrato cuya complejidad obliga a analizar la parte jur\u00eddica, contable, fiscal y financiera, en forma simult\u00e1nea y permanentemente, para lograr la mayor productividad econ\u00f3mica para la empresa y hacer una buena administraci\u00f3n en los efectos econ\u00f3micos. INFOEMPRE<strong>DSA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">NoticiaDSAs\n<\/h1>\n\n\n\n<p style=\"text-align:center\">(Textos en verde son a\u00f1adidos) <\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">SERVICIO DE ADMINISTRACI\u00d3N TRIBUTARIA<\/h1>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Tema 1<\/h4>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Se ampl\u00eda plazo al 30 de junio de 2019 y se otorgan\nfacilidades para obtener los beneficios del est\u00edmulo fiscal a la regi\u00f3n\nfronteriza norte.<\/h4>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.gob.mx\/sat\/prensa\/se-amplia-plazo-y-se-otorgan-facilidades-para-obtener-los-beneficios-del-estimulo-fiscal-016-2019?utm_source=Lista+Boletines+Informativos&amp;utm_campaign=faef92c906-EMAIL_CAMPAIGN_2019_04_01_09_20&amp;utm_medium=email&amp;utm_term=0_d74bc1d8fc-faef92c906-112334269\">https:\/\/www.gob.mx\/sat\/prensa\/se-amplia-plazo-y-se-otorgan-facilidades-para-obtener-los-beneficios-del-estimulo-fiscal-016-2019?utm_source=Lista+Boletines+Informativos&amp;utm_campaign=faef92c906-EMAIL_CAMPAIGN_2019_04_01_09_20&amp;utm_medium=email&amp;utm_term=0_d74bc1d8fc-faef92c906-112334269<\/a>. Consultado el 29 de marzo de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Con el prop\u00f3sito de ampliar el n\u00famero de contribuyentes que\npueden acceder a los beneficios que otorga el Decreto de est\u00edmulos fiscales\npara la regi\u00f3n fronteriza norte, se ampl\u00eda al 30 de junio de 2019 el plazo para\npresentar el aviso para obtener el est\u00edmulo en materia del impuesto al valor\nagregado (IVA), asimismo, se otorgan facilidades para cumplir con los\nrequisitos.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez que los contribuyentes presenten el aviso, obtengan el\nacuse de recibo y el sistema les permita emitir facturas, podr\u00e1n beneficiarse\ncon este est\u00edmulo.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, los contribuyentes podr\u00e1n aplicar el est\u00edmulo fiscal aun\ncuando sus datos est\u00e9n publicados en los listados del portal del SAT, siempre\nque sea como consecuencia de la condonaci\u00f3n de multas.<\/p>\n\n\n\n<p>Quienes hubieran dado efectos fiscales a los comprobantes\nexpedidos por un contribuyente que haya hecho operaciones simuladas, deber\u00e1n\ncorregir su situaci\u00f3n y, al momento de presentar el aviso, adjuntar las\ndeclaraciones complementarias que lo comprueben.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera, se podr\u00e1 aplicar el est\u00edmulo de manera conjunta\ncon otros est\u00edmulos o tratamientos fiscales que se detallan en la publicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas facilidades se establecen en la Novena Resoluci\u00f3n de\nModificaciones a la Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal 2018, cuya versi\u00f3n anticipada\nest\u00e1 disponible en el portal de Internet del SAT y que se publicar\u00e1\npr\u00f3ximamente en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Tema 2<\/h4>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Versi\u00f3n anticipada de\nla <br>\nNOVENA RESOLUCI\u00d3N DE\nMODIFICACIONES A LA RESOLUCI\u00d3N MISCEL\u00c1NEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A<\/h4>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.sat.gob.mx\/normatividad\/37375\/versiones-anticipadas-de-las-rmf\">https:\/\/www.sat.gob.mx\/normatividad\/37375\/versiones-anticipadas-de-las-rmf<\/a> Consultado el 1 de abril de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>(Se transcribe\ndel documento original, solo la Regla y su subt\u00edtulo)<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cFecha de aplicaci\u00f3n del est\u00edmulo fiscal de IVA\u201d <br>11.11.11. (Se deroga) <br>11.11.14. Aplicaci\u00f3n del est\u00edmulo fiscal del IVA en la regi\u00f3n fronteriza norte a contribuyentes que se les hubiere condonado alg\u00fan cr\u00e9dito fiscal.<br>11.11.15 Contribuyentes que celebraron operaciones con aqu\u00e9llos que se ubicaron en la presunci\u00f3n del art\u00edculo 69-B del CFF<br>[Las reglas 11.11.14 y 11.11.15., ser\u00e1n aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT]<br>11.11.16 Tratamientos y est\u00edmulos fiscales que pueden ser aplicables conjuntamente con el est\u00edmulo fiscal del ISR de la regi\u00f3n fronteriza norte<br>TERCERO. Se reforma el Anexo 1-A de la RMF para 2018. <br>CUARTO Se reforma el Art\u00edculo Cuarto Transitorio de la Sexta Resoluci\u00f3n de modificaciones a la Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal para 2018, publicada en el DOF el 30 de enero de 2019.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>DESCARGA EL BOLET\u00cdN EN PDF <a href=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/download\/305\/\">AQU\u00cd<\/a><\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Busca en nuestro pr\u00f3ximo n\u00famero:<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<ul><li>Salario en Especie<\/li><li>NoticiasDSAs<\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>INFOEMPREDSA #6 TEMA1INGRESOS POR OBRA MUEBLE Problemas escondidos en su tipificaci\u00f3n. Contrato de servicios de obra mueble(COSOM). Visi\u00f3n jur\u00eddica y fiscal del COSOM. NoticiaDSAs SERVICIO DE ADMINISTRACI\u00d3N TRIBUTARIA TEMA 1Se ampl\u00eda plazo al 30 de junio de 2019 y se&#8230;<span class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/infoempredsa-abril-2019-numero-6-vol-1-epoca-iv\/\">Continue Reading &rarr;<\/a><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[74],"tags":[142,140,145,141,143,144,146,139],"wppr_data":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/307"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=307"}],"version-history":[{"count":12,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/307\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":704,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/307\/revisions\/704"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=307"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=307"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.despachosantamaria.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=307"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}